La Ley General del Servicio Profesional Docente (lgspd) establece en el Artículo 52 que la evaluación del desempeño es obligatoria para los docentes y para quienes ejerzan funciones de dirección o de supervisión en la Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (inee) determinará su periodicidad, considerando que se realizará por lo menos cada cuatro años. El Informe de cumplimiento de responsabilidades profesionales constituye la primera etapa del proceso de Evaluación del desempeño docente. El propósito de esta etapa es identificar el grado de cumplimiento de las responsabilidades profesionales del docente que son inherentes a su profesión.
Descargar: Guía para la elaboración del Informe de cumplimiento de responsabilidades profesionales
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